jueves, 09 febrero 2012

La Competencia Judicial

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La competencia, es la atribución jurídica a ciertos y especiales órganos del Estado de una cantidad de jurisdicción respecto de determinadas pretensiones procesales con preferencia a los demás órganos de su clase. Ese órgano especial, es llamado tribunal.


ImageLa competencia tiene como supuesto, el principio de pluralidad de tribunales dentro de un territorio jurisdiccional. Así, las reglas de competencia tienen por objeto determinar cual va a ser el tribunal que va a conocer, con preferencia o exclusión de los demás, de una controversia que ha puesto en movimiento la actividad jurisdiccional.


Mientras los elementos de la jurisdicción están fijados, en la ley, prescindiendo del caso concreto, la competencia se determina en relación a cada juicio. Además, no sólo la ley coloca un asunto dentro de la esfera de las atribuciones de un tribunal, sino también es posible que las partes u otro tribunal.


1. La competencia objetiva: determina la jerarquía judicial del tribunal al que le corresponde conocer y decidir un asunto, en función de la materia del mismo.


2. La competencia territorial: determina a qué tribunal corresponde conocer y decidir un proceso en función del territorio; en estos casos la competencia varía entre órganos de la misma jerarquía, pero pertenecientes a un distinto ámbito territorial.


3. La competencia funcional: determina a qué tribunal corresponde conocer y decidir los incidentes y recursos que se presenten en la tramitación del proceso; por regla general, los incidentes corresponden al mismo órgano jurisdiccional competente, según los criterios de objetividad y territorialidad, y los recursos corresponden al tribunal superior del que conoce del proceso.

 
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