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Es una causa jurídica y actual, entre partes y sometida al conocimiento de un tribunal de justicia para que pronuncie un veredicto. Esto acepta la existencia de una controversia, que constituye el contenido del proceso, la cual va a ser resuelta por el órgano jurisdiccional a través de un proceso.
Por norma frecuente, el Juez se encargará de discernir cuál de las dos partes se fundamenta, con mayor base en el estado de derecho que ampara al país, en el cual se ha desarrollado la actividad que ha puesto en conflicto a dos o más personas. En el aspecto moral, el juicio trata de discernir y resolver un conflicto, siempre tendiendo a propugnar lo bueno y condenar lo malo, desde una postura lógica.
1. Elementos constitutivos, del juicio: una controversia de orden jurídico; una causa actual entre partes; y la existencia de un tribunal encargado de resolver los conflictos.
2. Elementos de validez del juicio: la competencia del tribunal; la capacidad de las partes para comparecer; y la observancia de las formalidades establecidas por la ley para la validez de los actos procesales.
3. Requisitos de validez de la relación procesal: la presentación legal de una demanda; una resolución que acoge a tramitación dicha demanda; y el emplazamiento del demandado.
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